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    Manual de Sociedades (Ley 19.550)
    (Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, 2017) Nicolás Di Lella
    La legislación societaria (Ley 19.550) es analizada por el profesor Di Lella contemplando la impronta codificadora que ha unificado el Derecho Civil y Comercial, a partir de la sanción del nuevo Código (Ley 26.994) y sus influencias en el microsistema societario, rama de nuestro derecho patrimonial. La sociedad, persona jurídica privada (art. 148, inciso a, CCyCN), se caracteriza en que su personalidad nace desde la constitución del ente (art. 142 CCYCN y art. 7° LGS) sin requerir autorización del Estado para funcionar, es un sujeto de derecho (art. 2° LGS); tiene personalidad distinta y diferenciada de la de sus miembros (art. 143, parte 1°, CCCN); con nombre (art. 151 CCYCN); domicilio (art. 152 CCyCN); patrimonio (art. 154 CCYCN); duración determinada (art. 155 CCyCN) y un objeto preciso (art. 156 CCYCN); la que estará acotada a la consecución del mismo y deberá usarse dentro de lo pactado por las partes en el estatuto y dentro de la ley (art. 54 LGS y art. 144 CCYCN) a través de los órganos de gobierno y administración y, si la ley lo exige, del órgano de fiscalización (art. 158 CCyCN). En este escenario, la sociedad será aquel medio técnico legal puesto por el Estado a disposición de las personas humanas, para que puedan desarrollar una actividad como empresa económica y así poder cumplir con los fines constitucionales y convencionales de asociarse libremente con fines lícitos. Luego de analizarse lo atinente a la parte general de la materia societaria, se adentrará en detalle al estudio de la normativa especial de los diferentes tipos societarios (sociedad colectiva, en comandita simple y por acciones, de capital e industria, de responsabilidad limitada, anónima uni y pluripersonal) y, más recientemente, a la sociedad por acciones simplificadas (Ley 27.349). Cuenta esta obra con un capítulo destinado a las sociedades con participación del Estado; a las formas de control societario (art. 33 LGS) y a las sanciones existentes en el marco concursal por su utilización abusiva y a los contratos asociativos regulados en el nuevo Código (negocio en participación, unión transitoria de empresas, contrato de colaboración y consorcio de cooperación). Se hace referencia, por último, a la regulación particular del resto de las personas jurídicas de derecho privado, concebidas en el art. 148 del CCYCN (asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones, iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, mutuales, cooperativas y consorcio de propiedad horizontal).
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    Manual de Concursos y Quiebras (Ley 24.522) - Tomo II
    (Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, 2018) Nicolás Di Lella
    La legislación concursal (Ley 24.522) es analizada por el profesor Di Lella, contemplando la impronta codificadora que ha unificado el Código Civil y Comercial de la Nación, a partir de la sanción del nuevo Código (Ley 26.994) y sus influencias en el microsistema concursal, rama fundamental de nuestro Derecho Patrimonial. El proceso concursal, tanto preventivo como liquidatorio, se encamina a eliminar la cesación de pagos regulándose un procedimiento típico y necesario que desplaza la ejecución singular, sustituyéndola por la colectiva, a la que deberán someterse todos los acreedores que desearan adquirir la calidad de concurrente y aspiren a la satisfacción de sus acreencias. En esta obra se analizarán las instituciones concursales típicas que son regladas por nuestro sistema jurídico positivo concursal vigente, caracterizado por ser: (i) excepcional y especial, por cuanto su aplicación procede solamente ante situaciones de insolvencia judicialmente declarada (situaciones de dificultades económico-financieras dado el caso), prevaleciendo sus reglas sobre las del derecho común; (ii) imperativo, atento a que la legislación concursal y falimentaria son de orden público, ya que sus normas protegen intereses de carácter general por sobre la simple tutela del crédito, de allí la naturaleza imperativa de sus disposiciones que se encuentran en grado de superioridad respecto de las convenciones que pudieran realizar las partes; (iii) sustancial, ya que muchas normas de la legislación concursal atienden a los derechos de fondo de los sujetos involucrados, modificando —en mayor o menor medida— las prescripciones del derecho común (v. gr. civil, comercial, laboral, etc.); y (iv) procesal, pues la legislación concursal organiza y regula a nivel nacional los procedimientos judiciales de quiebra y concurso preventivo, cada uno de ellos con sus características particulares. En ese marco, el primer tomo de este manual abordará el estudio del Concurso Preventivo. Y el segundo tomo iniciará con el estudio de todo lo atinente al Concursamiento de grupos y del garante; el Salvataje empresarial y la Quiebra transfronteriza. Centralmente, se analizará el instituto de la Quiebra y de los Privilegios. Y, por último, se hará referencia a las reglas procesales, los pequeños concursos y la problemática del consumidor sobreendeudado.
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    Manual de Concursos y Quiebras (Ley 24.522) - Tomo I
    (Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, 2018) Nicolás Di Lella
    La legislación concursal (Ley 24.522) es analizada por el profesor Di Lella, contemplando la impronta codificadora que ha unificado el Código Civil y Comercial de la Nación, a partir de la sanción del nuevo Código (Ley 26.994) y sus influencias en el microsistema concursal, rama fundamental de nuestro Derecho Patrimonial. El proceso concursal, tanto preventivo como liquidatorio, se encamina a eliminar la cesación de pagos regulándose un procedimiento típico y necesario que desplaza la ejecución singular, sustituyéndola por la colectiva, a la que deberán someterse todos los acreedores que desearan adquirir la calidad de concurrente y aspiren a la satisfacción de sus acreencias. En esta obra se analizarán las instituciones concursales típicas que son regladas por nuestro sistema jurídico positivo concursal vigente, caracterizado por ser: (i) excepcional y especial, por cuanto su aplicación procede solamente ante situaciones de insolvencia judicialmente declarada (situaciones de dificultades económico-financieras dado el caso), prevaleciendo sus reglas sobre las del derecho común; (ii) imperativo, atento a que la legislación concursal y falimentaria son de orden público, ya que sus normas protegen intereses de carácter general por sobre la simple tutela del crédito, de allí la naturaleza imperativa de sus disposiciones que se encuentran en grado de superioridad respecto de las convenciones que pudieran realizar las partes; (iii) sustancial, ya que muchas normas de la legislación concursal atienden a los derechos de fondo de los sujetos involucrados, modificando —en mayor o menor medida— las prescripciones del derecho común (v. gr. civil, comercial, laboral, etc.); y (iv) procesal, pues la legislación concursal organiza y regula a nivel nacional los procedimientos judiciales de quiebra y concurso preventivo, cada uno de ellos con sus características particulares. En ese marco, el primer tomo de este manual abordará el estudio del Concurso Preventivo. Y el segundo tomo iniciará con el estudio de todo lo atinente al Concursamiento de grupos y del garante; el Salvataje empresarial y la Quiebra transfronteriza. Centralmente, se analizará el instituto de la Quiebra y de los Privilegios. Y, por último, se hará referencia a las reglas procesales, los pequeños concursos y la problemática del consumidor sobreendeudado.
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    Una Universidad "tomista" para el Noroeste Argentino
    (Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, 2015) Cynthia Folquer; Esteban Ábalo; Sara Graciela Amenta
    El libro es un recorrido por los tiempos fundacionales de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino de Tucumán, que abarca un período de 22 años entre 1948 y 1970. Volver la mirada a los tiempos fundacionales constituye un viaje en búsqueda de la matriz de sentido que plasmó los deseos e ilusiones de los pioneros, un grupo de varones y mujeres que con una gran inquietud intelectual sentaron las bases y pusieron en marcha un proyecto de alcance regional: la UNSTA. Como todo proyecto colectivo, la UNSTA es un entramado de historias de vida, mentalidades, creencias, amistades, logros y conflictos. La UNSTA no estuvo ajena al clima de época de cada período que transitó: en ella influyeron las transformaciones sociales, culturales, políticas y económicas por la que atravesó nuestro país y la provincia de Tucumán en particular. En esta mirada hacia los tiempos fundacionales, las fuentes documentales y los archivos se enriquecieron con los recuerdos y las narraciones de quienes fueron sus primeros profesores, alumnos y alumnas. La memoria subjetiva, sabemos, también es una fuente del conocimiento histórico porque nos permite percibir los sentimientos, las miradas parciales, las experiencias intransferibles que también aportan al conocimiento histórico. En estas cinco décadas de existencia, volver a los orígenes es un compromiso ineludible para poder beber del pozo de las primeras intuiciones y captar la densidad del camino recorrido, de los logros pero también de los anhelos pendientes.
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    Compliance. Manual de buenas prácticas empresariales
    (Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, 2023) Albornoz Colomo, María Sara; Corai, Graciela Beatriz; Roig, Jaime; Gozaini, Mercedes; López Ávila, María Cristina; Martín Tejerizo, Raúl Eugenio; González Silvestrín, Paula; Vidal, Agustín; Moreno Majnach, Facundo Gabriel; Lorenzo, Andrea; Tomas, Fernando; Isas, Alfredo Rubén; Isas, Margarita María; Colombres, Ramiro; Condrac, Josefina; Martínez Luque, Silvana
    La presente obra es producto de dos investigaciones: los Proyectos "Análisis de los factores de atribución de responsabilidad de socios y administradores de las sociedades con responsabilidad limitada y su impacto económico y social en la región", aprobado mediante resolución del Decanato de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales N° 135/18 y Resolución del Rectorado de la UNSTA Nº 654/2018; y Análisis de las buenas prácticas societarias y su impacto en las empresas de la provincia aprobado mediante resolución N° 035/21 de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. El análisis de las cuestiones que preocupan a los empresarios locales por generar responsabilidad personal despertó en nuestro equipo la necesidad de investigar y profundizar en Compliance como una asignatura pendiente de la doctrina argentina. Un profundo apego a normas legales y voluntariamente impuestas configuran un blindaje que repercute de diversas maneras. En primer lugar se evidencia un compromiso empresario ético y axiológico con el medio ambiente, la transparencia y los derechos humanos. En segundo lugar, significa asumir en concreto los compromisos internacionalmente asumidos por el Estado argentino en este sentido, motorizando un cambio social en la dinámica empresaria, en el mundo del trabajo y en la actividad económica en general. Sea este nuestro aporte hacia una Argentina y una región insertas en el mundo, con un lenguaje común y un futuro promisorio.